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Beneficio de nómina para las pymes: Ley 142 y 1420

Publicación: febrero 7, 2023
Tiempo de lectura: 2 min

Tabla de contenidos

¿Te animas a probar la nómina más rápida de tu vida?

En este artículo damos a conocer un poco más sobre las normativas que benefician actualmente a algunas empresas en cuanto al pago de nómina y de parafiscales.

Ley 142: Beneficio para el pago de nómina y parafiscales

El 29 de diciembre de 2010, el Ministerio de la Protección Social, expidió la Ley 1429 de 2010 o también conocida como “ la Ley de Formalización y Generación de Empleo”.

Según el Artículo 5, para ser beneficiario de ésta ley, nuestra empresa debe:

1. Tener menos de 50 empleados

2. Sus activos totales no deben superar los 5.000 SMMLV

3. Haber iniciado su actividad económica principal a partir de la promulgación de la Ley (2010).

De acuerdo con el Artículo 65 de la Ley 1429 de 2010, el beneficio de Progresividad en el pago de los parafiscales y otras contribuciones de nómina tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014,  por lo que no aplica para empresas que se hayan constituido después de ésta fecha.

Ley 1420 de 2010: Ley de Formalización y Generación de Empleo

El 29 de diciembre de 2010, El Ministerio de la Protección Social, expidió la Ley 1429 de 2010 o también conocida como la Ley de Formalización y Generación de Empleo. La cual trae grandes beneficios en cuanto a aportaciones a la nómina y demás contribuciones.

Entre otras disposiciones, esta Ley estableció un estímulo decretando una reducción en los aportes que realicen este tipo de empresas destinados a SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar. Estas reducciones empezarán a aplicar de forma progresiva así:

– Cien por ciento (100%) para los dos primeros años de operación.

– Setenta y cinco por ciento (75%) para el tercer año de operación.

– Cincuenta por ciento (50%) para el cuarto año de operación; y

– Veinticinco por ciento (25%) para el quinto año de operación.

Para el caso de los aportes a Salud, así:

– En los dos primeros años se cotiza con el 11%

– En el tercer año se cotiza con el 11.38%

– En el cuarto año se cotiza con el 11.75%

– En el quinto año se cotiza con el 12.13%

Estos son los porcentajes a tomar en cuenta y que benefician a las compañías para los pagos de nómina y parafiscales.

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